Dentro del marco del Real decreto 853/2021, de 5 de octubre, se ha abierto la convocatoria de los fondos Next Generation EU que regula el "Programa 4 de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas" y tiene por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas.
En este link, podéis encontrar un video explicativo, en catalán, de la Generalitat de Catalunya sobre estos fondos.
La convocatoria de las ayudas y subvenciones de los Fondos Europeos NEXT GENERATION EU, que incluyen ayudas a la sustitución de ventanas y la mejora de la eficiencia energética en viviendas, es una gran oportunidad para facilitar un ahorro importante a vuestros clientes.
Para aclarar algunas dudas que podáis tener sobre estos fondos, os explicamos brevemente algunos aspectos básicos:
Calendario
- En ciudad de Barcelona la convocatoria se cerrará en junio de 2023.
- En el resto de poblaciones finalizará el próximo mes de diciembre de 2022.
- Sin embargo, estos límites de fechas se verán prorrogados próximamente, ya que, a fecha de hoy, todavía quedan muchos fondos por repartir.
Para poder optar a las subvenciones se deberá cumplir uno de estos tres requisitos:
- Reducción de la demanda energética de calefacción y refrigeración de al menos el 7%.
- Reducción del consumo de energía primaria no renovable de un mínimo del 30%.
- En caso de que modifique o sustituya elementos constructivos de la envolvente térmica, que cumplan con los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire de las tablas 3.1.1.a y 3.1.3.a del CTE DB HE-1.
Importes de las ayudas
- El importe máximo al que se puede optar es del 40% de los costes, con un máximo de 3000€.
- El coste mínimo de la actuación debe ser igual o superior a 1.000 € por vivienda.
- No estarán subvencionados: licencias, tasas, impuestos y tributos.
- El plazo máximo para resolver la solicitud será de 3 meses desde su presentación.
¿Cómo gestionar las solicitudes?
- Nuestra recomendación es contactar con un agente rehabilitador certificado, que es la figura física o jurídica que realizará la actuación de impulso y seguimiento de las ayudas públicas. Este agente le ofrecerá un servicio “llaves en mano” y así podrá ejecutar todos los trámites a través de una sola persona especializada en esta tramitación.
- Los honorarios de tramitación también se podrán incluir en el importe subvencionable.
- Adjuntamos algunos contactos de confianza para poder ofrecer a vuestros clientes los trámites de la subvención:
https://sensedi.com/agente-rehabilitador/
https://www.certicalia.com/precio/ayudas-rehabilitacion-vivienda
https://www.capia.es - Os facilitamos, también, el contacto de Jordi Tomasa Guix, arquitecto y Agente Rehabilitador, colaborador de Innaltech, que os puede ayudar en la tramitación de las ayudas y aclarar vuestras dudas.
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Subida del Castillo 71, 3er 2a
08241 Manresa (Barcelona)
636 330 675
Deducciones fiscales
Además, es importante informar a vuestros clientes que pueden recibir una deducción fiscal de hasta el 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas (una vez descontado el importe de la subvención de los fondos Next Generation EU) a partir de la entrada en vigor del mismo decreto-ley (6 de octubre de 2021) y hasta el 31 de diciembre de 2022, con una base máxima de deducción de 5.000€ anuales.
Esta deducción es efectiva siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción mínima del 7% de la demanda de calefacción y refrigeración, acreditable a través de la reducción de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado energético de la vivienda.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2021/BOE-A-2021-16230-consolidado.pdf